Mediante la Disposición N° 362/2026 publicada en el Boletín Oficial el 5 de marzo de 2026 se dispuso la implementación del REGISTRO NACIONAL DE INFRACTORES (RENAI), en el cual se inscribirán las infracciones y sanciones administrativas aplicadas a proveedores de bienes y servicios, por incumplimiento a las Leyes de Defensa del Consumidor, Lealtad Comercial y Metrología Legal.
por Damián H. Navarro, Martina Bertoli y Emilia Della Paolera
El RENAI fue creado por el Decreto N° 1798/1994, reglamentario de la Ley de Defensa del Consumidor, el cual dispuso que su funcionamiento quedaría sujeto a la reglamentación que dictara la autoridad de aplicación. En este marco, la nueva disposición establece los lineamientos para su efectiva implementación. 📝
El Registro será administrado por la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial y será de acceso público. Entre otros datos incluirá la razón social y denominación social del infractor, CUIT, Número de expediente, tipo y clase de sanción, monto, fecha de la resolución sancionatoria y encuadramiento legal de la infracción.
Finalmente, se invita a las autoridades de aplicación de todo el país de las normas de defensa de consumidor, lealtad comercial y metrología legal y normas reglamentarias, a incluir en el Registro las sanciones aplicadas en sus respectivas jurisdicciones a proveedores de bienes y servicios.