Se publicaron en el Boletín Oficial el Decreto 353/2025 y las Resoluciones Generales (ARCA) N° 5696, 5697, 5698 y 5699, mediante los cuales se dispusieron las siguientes modificaciones:
Exenciones en los informes ante ARCA - Derogación de Regímenes Informativos 🧾
• Compras personales: No se deberán informar las compras realizadas con tarjeta de crédito 💳.
• Actividades notariales: Los escribanos no tendrán la obligación de informar las operaciones notariales mediante el CITI 🖋️.
• Bienes usados y expensas: No se deberán informar la compraventa de vehículos usados (concesionarios 🚗), y quedará sin efecto el régimen de información del pago de expensas (administradoras de consorcios 🏢).
• Compraventa de inmuebles: Los compradores y agentes inmobiliarios no deberán informar las transacciones de propiedades a través de la generación del COTI 🏠.
• Declaraciones Juradas solicitadas por los sujetos obligados a cumplir con el deber de información ante la UIF: No podrán solicitar la declaración jurada de impuestos nacionales de sus clientes, pudiendo las personas negarse y acudir a Defensa del Consumidor ⚖️.
• Servicios Públicos: Los proveedores de servicios públicos no deberán reportar a ARCA los consumos relevantes de electricidad ⚡, agua 🚿, gas 🔥 y telefonía 📞.
Modificaciones en el umbral de informes 📊
• Transferencias o acreditaciones: desde los $50 millones para personas humanas y desde los $30 millones para personas jurídicas.
• Compras con tarjeta de débito: desde los $50 millones sin distinción.
• Extracciones en efectivo: desde los $10 millones sin distinción 💵.
• Saldos bancarios: desde los $50 millones para personas humanas y desde los $30 millones para personas jurídicas 🏦.
• Depósitos a plazo (Plazos fijos): desde los $100 millones para personas humanas y desde los $30 millones para personas jurídicas ⏳.
• Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: desde los $50 millones para personas humanas y desde los $30 millones para personas jurídicas 📱.
• Operaciones realizadas por Agentes de Liquidación y Compensación registrados ante la CNV: desde los $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas. Este monto será actualizado semestralmente por IPC 📈.
Por otro lado, el Gobierno anunció que se llevarán adelante modificaciones en el Impuesto a las Ganancias, simplificándose su régimen para personas humanas y sucesiones indivisas 💼. En ese sentido, el anuncio indicó que se implementarían los siguientes cambios:
• Se reemplazaría el régimen vigente por uno basado en facturación y gastos deducibles 🧮.
• Se eliminaría la obligación de informar consumos personales y variaciones patrimoniales.
• ARCA enviará a los contribuyentes una propuesta automática del impuesto a pagar, la que se podrá aceptar o modificar 📨.
• La adhesión al nuevo régimen estaría disponible desde el 1° de junio 📆.
• El régimen sería aplicable al ejercicio fiscal 2025.
• Se automatizaría la carga de datos, permitiéndose la revisión de estos 🔍.