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“CONV. PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS CON RESPECTO AL TRAT. AUTOMATIZADO DE DATOS“ LEY 27.483

03.01.19

Frene, Lisandro / Chirom, Lucas / Leone, Martín

Ayer se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.483 sancionada por el Congreso Nacional en la cual se aprueba el Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (28.01.1981, en adelante el “Convenio”), junto a su Protocolo Adicional de Estrasburgo (08.11.2001, en adelante el “Protocolo”).

El Convenio tiene por objeto la protección de los datos personales y su privacidad frente al tratamiento automatizado de los datos de carácter personal correspondientes a las personas físicas.

Entre las muchas disposiciones establecidas por el Convenio y su Protocolo, se encuentran reguladas cuestiones relativas al tratamiento automatizado de datos personales pertenecientes a personas físicas; la seguridad de la recolección y conservación de los datos personales; la transferencia internacional de datos personales; además de pautas ordenativas para las autoridades de aplicación de cada Estado Parte.

Mediante la incorporación de la República Argentina al Convenio y su Protocolo, Argentina desea mantener su status de país con legislación adecuada en materia de datos personales. Sin perjuicio de ello, la Unión Europea deberá analizar nuestra legislación en base a los parámetros del Reglamento General de Datos Personales (En adelante, “GDPR”) en vigencia desde mayo del 2018. Ello deberá hacerse dentro de los dos primeros años de vigencia del GDPR, es decir con fecha límite al día 25 de mayo de 2020.