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RESOLUCION 76/2019 UIF - OPERADORES DE TARJETAS DE CREDITO Y COMPRA Y EMISORES DE CHEQUES DE VIAJERO

29.07.19

Camarero, Hernán D.

En el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 76/2019 (Res. 79) de la Unidad de Información Financiera (UIF) que fija los lineamientos para la gestión de riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo de cumplimiento mínimo para las empresas emisoras de cheques de viajero u operadoras de tarjetas de crédito o de compra (inciso 9 de la ley Nº 25.246 y modificatorias), adoptando el enfoque basado en riesgos.



La norma incorpora los conceptos de “adquirentes”, “agregadores”, “agrupadores” y “facilitadores de pagos” como actores vinculados en la operatoria de emisión de tarjetas de crédito y compra, agregándolos como sujetos obligados de la norma, salvo excepciones específicas.

La nueva resolución fija un cronograma de aplicación gradual entre el 31 de octubre de 2019 y 30 de junio de 2020 y dispone la derogación de la Resolución Nº 2/2012 de la UIF, sin perjuicio de su aplicación temporal para procedimientos sumariales en trámite a la fecha del presente y análisis de hechos ocurridos antes de esa fecha.

De esta forma los sujetos obligados entidades financieras, del mercado de capitales, del sector asegurador y ahora las empresas emisoras de cheques de viajero u operadoras de tarjetas de crédito o de compra ya están sujetas a la nueva generación de resoluciones con enfoque basado en riesgos de la UIF que reemplazaron las que esta dependencia había dictado con un enfoque de cumplimiento formal.