Descargar adjunto

PRÓRROGA PARA ADHERIR AL REVALÚO IMPOSITIVO

25.02.19

Fraga, Diego N.

El día viernes fue publicado el Decreto 143/2019, mediante el cual se extiende por un mes el plazo de adhesión al revalúo impositivo previsto en la Ley 27.430 y reglamentado por el Decreto 353/2018.



La extensión del plazo apunta, en particular, a empresas con el cierre de ejercicio o año fiscal al 31 de diciembre, puesto que sin esta prórroga la posibilidad de acogimiento a los beneficios del régimen operaría para tales compañías el próximo 28 de febrero.

Esta medida había sido solicitada por diversas entidades profesionales, a fin de que las empresas e individuos puedan evaluar con mayor detenimiento los beneficios financieros de este mecanismo de actualización legal.

En función del fuerte incremento de la inflación de fines de 2018, la opción del revalúo pasó a ser una alternativa para que empresas e individuos logren la aplicación legal del ajuste por inflación de los bienes revaluados y la amortización acelerada que permite este régimen. Puede ser también una oportunidad para quienes tienen planeado desprenderse de diversos activos, inclusive acciones.
Entre los beneficios contemplados se permite exponer los bienes a valores cercanos a los de mercado, mejorándose de este modo la estructura patrimonial de la empresa. También produce ahorros significativos en el Impuesto a las Ganancias en los períodos fiscales siguientes, por la mayor cuota de amortización. Las amortizaciones se ajustarán por inflación desde el año 2018, en el que el incremento fue del 47%. También permite un ahorro en dicho impuesto ante las ventas futuras de los bienes, al aproximarse sus valores a los de mercado.

Entre las industrias que podrían obtener beneficios por el ejercicio de esta opción se encuentran las de construcción, metalúrgica, automotriz, telecomunicaciones, laboratorios, supermercados con negocios inmobiliarios y sector financiero.

Quienes se acojan a dicho régimen deberán realizar el pago de un impuesto especial, que se aplicará sobre la diferencia entre el valor de la totalidad de los bienes revaluados y el valor impositivo determinado.
VER PDF