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Implementación normativa del Código Procesal Penal Federal

22.11.19

Gustavo Bethular – Dolores Foressi

Tal como mencionamos en anteriores publicaciones[1], el nuevo Código Procesal Penal Federal aprobado mediante Ley N°27.063 y sus modificatorias (en adelante, el “CPPF”), se encuentra en un proceso de implementación territorial progresiva, de conformidad con el cronograma establecido por la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal (la “Comisión”), encontrándose a la fecha vigente únicamente en las jurisdicciones de Salta y Jujuy.

En ese marco, el 19 de noviembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 2/2019 de la Comisión a través de la cual dispuso la implementación de los artículos 19, 21, 22, 31, 34, 54, 80, 81, 210, 221 y 222 del CPPF, a partir del día de hoy para todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional, iniciando así un proceso de implementación normativa.

Ello a fin de evitar que el sistema de progresividad territorial fijado por la Comisión genere interpretaciones disímiles y contradictorias que provoquen situaciones de desigualdad ante la ley en relación con el goce de las garantías constitucionales, durante dicho proceso.

Los artículos consignados precedentemente versan sobre los derechos de la víctima en el marco del proceso penal, las medidas de coerción aplicables de forma previa al instituto de la prisión preventiva -entendido como la última ratio-, los métodos alternativos de resolución de conflictos (como por ejemplo la celebración de acuerdos conciliatorios entre la víctima y el imputado), un listado de circunstancias fácticas cuya verificación permita presumir el peligro de fuga y/o el peligro de entorpecimiento, entre otras.

La aplicación de dichos artículos no resulta incompatible con el sistema procesal establecido en el Código Procesal Penal de la Nación (mediante Ley N°23.984) (que a la fecha resulta de aplicación para todas las provincias, a excepción de Salta y Jujuy).

[1] https://rctzz.com.ar/modificacion-del-codigo-procesal-penal-de-la-nacion/