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COVID – 19 - RESOLUCIÓN GENERAL IGJ N° 29/2020

REGLAMENTACIÓN DE LA FISCALIZACIÓN A DISTANCIA

01.07.20

Mariana Vázquez - Dolores M. Gallo - Natalia Artmann

El 1 de julio de 2020 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 29/2020 de la Inspección General de Justicia (“IGJ”), (la “Resolución”) que reglamenta la fiscalización a distancia de sociedades comerciales y de entidades civiles sujetas al contralor de la IGJ. A tal fin, dispone que se aplica a la fiscalización a distancia la normativa relativa a la concurrencia, de oficio o a pedido de parte, de inspectores a asambleas y reuniones de directores como así también el Reglamento de Actuación de los Inspectores de Justicia en las Asambleas de Sociedades por Acciones.

Por otro lado, se establece que las publicaciones de convocatorias a asambleas a distancia deberán individualizar la CUIT de la entidad e informar un correo electrónico de contacto, el cual se utilizará para realizar notificaciones.

En cuanto a las solicitudes de concurrencia de inspectores a pedido de parte interesada, ya sea de manera presencial o a distancia, se podrán gestionar íntegramente de forma remota desde su inicio, y conforme el procedimiento y modalidad indicados en el portal web oficial de la IGJ.

Finalmente se delega la emisión de las instrucciones necesarias para la aplicación esta norma a fin de cubrir los aspectos no reglamentados en la Dirección De Sociedades Comerciales, en la Dirección De Entidades Civiles, y/o en las Jefaturas del Departamento De Denuncias Y Fiscalización De Sociedades Comerciales, y del Departamento De Denuncias Y Fiscalización De Entidades Civiles del organismo.

La Resolución entró en vigencia el 1 de julio de 2020.