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COVID-19 - PRÓRROGA DE PRECIOS MÁXIMOS PARA PRODUCTOS DE CONSUMO MASIVO

31.08.20

Damián H. Navarro – María del Pilar Olaso – Malena Montes

El 31 de agosto pasado fue publicado en el Boletín la Resolución 254/20 de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación (la “Resolución 254”) que prorrogó hasta el 31/10/20 lo dispuesto por la Resolución 100/20 de la Secretaría de Comercio Interior y modificatorias (la “Resolución 100”).

La Resolución 100 había establecido que todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados así como los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo deberán fijar para todos los productos detallados en el Anexo I de la Disposición 55/2016 de la ex Subsecretaría de Comercio Interior como precios máximos de venta al consumidor final aquellos precios efectivamente informados por cada comercializadora al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) vigentes al 6/3/20, para cada producto y por cada punto de venta.

Además, la Resolución 254 intimó a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos incluidos en la Resolución Nº 100, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de dicha resolución.

Finalmente, la Resolución 254 hace saber a los sujetos alcanzados por la Resolución 100, que en virtud de los incrementos autorizados mediante la Disposición 13/20 de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, los precios máximos de venta de los productos alcanzados por la presente no podrán superar los precios que resulten de aplicar los porcentuales fijados en dicha Disposición sobre los precios vigentes al 6/3/20 para cada producto, conforme las categorías a las que pertenecen