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COVID – 19 - NUEVAS EXCEPCIONES AL AISLAMIENTO OBLIGATORI

26.05.20

Juan Pablo M. Cardinal - Damián H. Navarro - Eduardo Bellocq

El 25 de mayo pasado se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Decisión Administrativa 886/20 del Jefe de Gabinete de Ministros (JGM) mediante la cual se exceptuó del aislamiento social, preventivo y obligatorio y la prohibición de circular dispuestos por el Decreto 297/20 al personal afectado a ciertas actividades y servicios en ciertos municipios de la Provincia de Buenos Aires.

Las excepciones al aislamiento obligatorio previstas en la Decisión Administrativa 886/20 de JGM son:

o Cañuelas: Fabricación de maquinaria para la elaboración de alimentos, bebidas y tabaco; y electrónica y electrodomésticos.
o General Las Heras: Fabricación de equipos de transporte.
o Hurlingham: actividad metalúrgica.
o Lanús: Automotriz y autopartes; Electrónica y electrodomésticos; Indumentaria; Productos del Tabaco; Metalurgia, maquinaria y equipos; Calzado; Gráfica, ediciones e impresiones; Madera y muebles; Juguetes; Cementos; Productos textiles; Manufacturas de cuero; Neumáticos; Bicicletas y motos; Química y petroquímica; Celulosa y papel; Plásticos y subproductos; y Cerámicos.
o Tigre: Autopartes e Industria del Plástico.
o Malvinas Argentinas: Provisión de piezas de autopartes para reposición.
o Berazategui: -Metalurgia, Maquinaria y Equipos; y Productos del Tabaco.
o San Miguel: Industria del calzado e industria textil.
o Tres de Febrero: Metalurgia, Maquinaria y Equipo; y Plásticos y subproductos.

Las personas alcanzadas por la Decisión Administrativa 886/20 de JGM deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19.