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COVID – 19- NUEVAS EXCEPCIONES AL AISLAMIENTO OBLIGATORIO

19.05.20

Damián H. Navarro - Eduardo Bellocq

El 19 de mayo pasado se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Decisión Administrativa 818/20 de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación (“Decisión Administrativa 818”) que exceptuó del aislamiento social, preventivo y obligatorio y la prohibición de circular dispuestos por el Decreto 297/20 al personal afectado a ciertas actividades y servicios en ciertos municipios de la Provincia de Buenos Aires.

Las excepciones al aislamiento obligatorio previstas en la Decisión Administrativa 818 son:

  1. La Matanza: las industrias automotriz y autopartes, de indumentaria, metalúrgica, maquinaria y equipos, del calzado, gráfica, ediciones e impresiones, de la madera y muebles, de juguetes, textil, química y petroquímica e industria de plásticos y subproductos.
  2. Pilar: productos del Tabaco y fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores.
  3. Quilmes: fabricación de juguetes y productos textiles.
  4. General San Martín: Automotriz y autopartes; electrónica y electrodomésticos; indumentaria; productos del tabaco; metalurgia, maquinaria y equipos; calzado, gráfica, ediciones e impresiones, de la madera y muebles, de juguetes, cemento, productos textiles, manufacturas del cuero, neumáticos, bicicletas y motos, industria química, petroquímica, de celulosa y papel y plásticos y productos y cerámicos.
  5. Tres de Febrero: automotriz y autopartes.
  6. Zárate: automotriz y autopartes.

Finalmente, la Decisión Administrativa 818 estableció que las personas comprendidas en estas excepciones deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19”.