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COVID – 19 - NOVEDADES IMPOSITIVAS

04.08.20

Diego N. Fraga y Agustina Riggio Nifosi

El 4 de agosto 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 4786/2020, emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el 3 de agosto de 2020, mediante la cual se prorrogó desde el 3 al 16 de agosto de 2020, ambos inclusive, la feria fiscal extraordinaria.

En consecuencia, hasta el 16 de agosto continuarán suspendidos los plazos administrativos.

Asimismo, la AFIP continúa habilitada para realizar aquellos procedimientos de fiscalización que correspondan a la información que sea proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).