COVID-19 – NOVEDADES CAMBIARIAS

03.07.20

Hernán D. Camarero y Eduardo Bellocq

El 3 de julio de 2020 el BCRA dictó la Com. “A” 7063 mediante la cual se incorporan nuevos colaterales para las operaciones de pases activos que realiza diariamente.

El listado de las obligaciones negociables elegibles estará disponible en la página web del BCRA y sólo podrán ser utilizadas las negociadas al menos uno de los últimos 5 días hábiles.

Una entidad financiera no podrá presentar como garantía las obligaciones negociables listadas si las mismas son emitidas o garantizadas por ella o por cualquier otra entidad con la que tenga vínculos económicos estrechos.

Se entiende que existe una situación de “vínculos económicos estrechos” entre una entidad y un emisor, deudor o avalista de activos de garantía, en alguno de estos supuestos:

  1. la entidad de contrapartida posee directa o indirectamente a través de una o más empresas, el 20% o más del capital del emisor, deudor o avalista;
  2. el emisor, deudor o avalista posee directa o indirectamente a través de una o más empresas, el 20% o más del capital de la entidad de contrapartida; o
  3.  un tercero posee más del 20% del capital de la entidad de contrapartida y más del 20% del capital del emisor, deudor o avalista, ya sea directa o indirectamente a través de una o más empresas.

Lo relativo a los vínculos económicos estrechos no se aplica cuando tal vinculación exista entre la entidad de contrapartida y el sector público o cuando los instrumentos se encuentren garantizados por una entidad del sector público.