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COVID – 19 DECISIÓN ADMINISTRATIVA 1183/2020

COMITÉ DE EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL PROGRAMA ATP

06.07.20

Pablo G. Calaza - Nicolás Rowinski - Bárbara G. Aciar - Sheila Frade

El 6 de julio de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la decisión administrativa 1183/2020 del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – Ministerio de Desarrollo Productivo, de Economía, de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y AFIP, con vigencia a partir de la misma fecha, por la cual el mencionado organismo realiza recomendaciones en referencia al análisis sectorial del transporte, la difusión de información y el crédito a tasa cero.

En este sentido, el Comité recomienda la incorporación de las trabajadoras y los trabajadores por cuyas prestaciones las empresas citadas no reciben aporte alguno como beneficiarios del programa ATP para los salarios devengados en mayo y junio del corriente, en tanto se trate de empresas que desarrollan como actividad principal al 12 de marzo de 2020 alguna de las incluidas en las Actas del Comité conformadas por las Decisiones Administrativas que fueron emitidas hasta la fecha.

También, recomienda que corresponde a la Administración Nacional de la Seguridad Social proporcionar la información allí detallada, en atención a la intervención que dicho Organismo tiene en la liquidación final y erogación del beneficio de Salario Complementario.

Por último, con respecto al crédito a tasa cero, recomienda con el fin de ampliar el universo de posibles beneficiarios, que se considere no solo la situación de la facturación en los términos de los Apartados 3 y 5 de las Actas Nros. 4 y 6, respectivamente, para cada posible beneficiario, sino también la situación de la facturación respecto de los meses posteriores a los ahí contemplados.