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COVID – 19 AMPLIACIÓN DE ACTIVIDADES ESENCIALES

08.04.20

Damián Navarro - María del Pilar Olaso - Sebastián Borthwick

El 7 de abril de 2020, en el Suplemento del Boletín Oficial, se publicó la Decisión Administrativa 467/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros que amplió el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, en los términos previstos en el Decreto N° 297/20, incorporándose a la actividad notarial, cuando la misma se encuentre limitada exclusivamente a posibilitar el cumplimiento de las actividades y servicios de que da cuenta la precitada normativa u otra que pudiera en el futuro ampliar el listado de actividades y servicios esenciales, debiéndose otorgar los actos notariales del caso sólo con la intervención de las personas indispensables para ello, evitando todo tipo de reuniones.

 

Las personas alcanzadas por esta ampliación deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – COVID 19 o el que corresponda en la jurisdicción de que se trate, de acuerdo a la normativa vigente o la que se dicte en el futuro.