CNV – REGLAMENTACIÓN DE CUENTAS ESPECIALES DE DEPOSITO Y CANCELACION PARA LA CONSTRUCCIÓN ARGENTINA Y PRODUCTOS DE INVERSIÓN COLECTIVA CON IMPACTO AMBIENTAL, SOCIAL Y DE GOBERNANZA

27.04.21

Mariana Vázquez - Fernando Carrizo

El 23 de abril fueron publicadas en el Boletín Oficial las Resolución Generales 884/2021 y 885/2021 (la “Resolución 884” y la “Resolución 885”) de la Comisión Nacional de Valores. La Resolución 884 reglamentó el tratamiento que recibirán los fondos aportados por quienes de manera voluntaria declaren sus tenencias en moneda nacional y/o extranjera en el país y/o el exterior con motivo de aplicarlas al desarrollo o la inversión en proyectos inmobiliarios dentro de la República Argentina, en los términos de la Ley 27.613. Mientras que la Resolución 885 incorporó un capítulo sobre productos de inversión colectiva con impacto ambiental, social y de gobernanza (“ASG”).

Resolución 884

Se dispone que los Agentes deberán proceder a la apertura de subcuentas comitentes de custodia especiales ante el Agente Depositario Central de Valores Negociables con idéntica titularidad de la que tuviera la cuenta especial de depósito y cancelación para la construcción argentina dispuesta por la Ley N° 27.613 de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda. Las operaciones de compra de títulos públicos sólo podrán ser concertadas y liquidadas con fondos acreditados en dichas cuentas. Asimismo, los títulos públicos adquiridos en moneda extranjera deberán ser vendidos en moneda nacional dentro del plazo de 5 días hábiles desde la fecha de acreditación de la compra de los mismos.

 En relación a los productos de inversión colectiva elegibles, la Resolución 884 establece que los fondos de las cuentas especiales de depósito y cancelación para la construcción argentina, podrán ser aplicados a la compra de Productos de Inversión Colectiva para el Desarrollo Inmobiliario que comprendan exclusivamente proyectos inmobiliarios iniciados a partir del 12 de marzo de 2021 (conforme la Ley 27.613)

 Resolución 885 – CNV

 1.     Reglamentó el régimen para los Fondos Comunes de Inversión Abiertos ASG (“FCI ASG”), destacando que deberán invertir como mínimo un 75% de su haber en valores negociables con impacto Ambiental, Social y de Gobernanza, el cuál se conformará por un 45% de activos relacionados con valores negociables Sociales, Verdes y/o Sustentables, y el restante 30% por activos de Fideicomisos Financieros destinados al financiamiento de PYMES ASG y/o PYMES CNV. Se dispuso el contenido que podrá contener el reglamento de gestión de los FCI ASG, que cuentan con un plazo de hasta 180 días para conformar la cartera de inversión en los términos expuestos.

 2.     Dispuso los lineamientos para la constitución de un producto de inversión colectiva sustentable, cuyos fondos deberán destinarse de manera directa o indirecta al financiamiento o refinanciamiento de proyectos o actividades con beneficios ambientales y/o sociales. Se reglamentó el plazo de difusión para la colocación de los valores negociables emitidos, la obligatoriedad de una revisión externa por un tercero independiente y el contenido del prospecto que se adiciona al que deberán presentar en carácter de fideicomisos financieros.

3.     Reglamentó los Fondos Comunes de Inversión Cerrados Sustentables y los Fideicomisos Financieros Sustentables. Los FCI Cerrados Sustentables podrán invertir en cuotapartes de FCI Abiertos que no podrán ser administrados por la misma Sociedad Gerente ni tener participaciones recíprocas. Mientras que los Fideicomisos Financieros Sustentables, se regirán por el reglamento del mercado donde se encuentren listados y podrán emitir valores fiduciarios adicionales en tramos siempre que cumplan con ciertos requisitos enunciados en la Resolución. Cumplidos los extremos para la emisión en tramos, podrán prescindir del consentimiento de los beneficiarios de los valores fiduciarios emitidos y en circulación para la emisión de nuevos tramos.

 Las Resoluciones 884 y 885 entraron en vigencia el 23 y 26 de abril, respectivamente.

📌 Por consultas puede contactarse con: Mariana Vázquez y/o Fernando Carrizo.